Dentro de
la Administración Pública existen distintos tipos de empleados, cada uno
con unas características particulares: funcionarios, personal laboral e
interinos.
Las
características de los contratos y condiciones de cada tipo de empleados son
distintas. Además dentro de los funcionarios existe una división jerárquica de
acuerdo con la titulación exigida para acceder al puesto que se
ocupa.
Funcionarios
Se
caracterizan por no regirse por el derecho laboral común. Sus contratos gozan
de mayor estabilidad y mejores condiciones, en cuanto a horarios y
vacaciones, que los de un trabajador de la empresa privada.
Representan
a la mayoría de los trabajadores del Estado. La forma de acceder a un puesto de
funcionario suele implicar siempre el haber aprobado previamente una
oposición.
Tipos de funcionarios
Dentro
del cuerpo de funcionarios se distinguen los siguientes grupos de acuerdo con
la titulación requerida para cada uno:
·
Grupo A: Doctores,
Licenciados, Ingenieros Superiores y Arquitectos.
·
Grupo B: Diplomados
universitarios, Ingenieros Técnicos o Arquitectos Técnicos.
·
Grupo C: Bachiller
Superior, BUP o Ciclos Formativos de Grado Superior.
·
Grupo D: Graduado
Escolar o Graduado en ESO.
·
Grupo E: Certificado de
Escolaridad.
Personal laboral
Estos
empleados se rigen por un contrato laboral, es decir, por unos contratos
acogidos a las normas de aplicación general para todos los trabajadores
españoles, además de otras normas comunes con los funcionarios.
Aunque
trabajen para la Administración Pública su situación se asimila en algunos
casos a la de un empleado de la empresa privada. Así, por ejemplo, sus
contratos pueden ser indefinidos o temporales. Los de los funcionarios
son siempre indefinidos.
Interinos
Bajo esta denominación se agrupa a los empleados públicos
que trabajan de forma temporal sustituyendo a otros que tienen categoría
de funcionarios. Sus contratos son siempre de duración temporal.
La designación de interinos se hace siguiendo el orden de
una bolsa de trabajo creada previamente. Se trata de listas
confeccionadas según la puntuación de los aspirantes.
Para poder entrar en las listas de interinos en
algunos casos es necesario presentarse a una oposición. En otros casos, basta
con inscribirse y cumplir los requisitos exigidos.
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