El
boletín de denuncia es un documento que se entrega al infractor cuando
ha cometido una sanción de Tráfico. Puede entregarse bien en mano o a través
del correo certificado.
Cuando
el boletín de denuncia ha sido entregado se supone que la sanción ha sido
notificada por lo que se considera que la sanción ya está en trámite.
Notificación en mano
En
este tipo de notificación el agente detiene el vehículo e informa
directamente al infractor de la sanción económica que se le impone y de la sustracción
de puntos si procede.
El
agente que detiene el vehículo debe entregar al conductor el boletín de
denuncia y solicitar siempre la firma del sancionado. Ésta tiene derecho
a firmar o a no firmar.
Notificación por correo
certificado
Se
produce cuando un agente no detiene el vehículo la entrega del boletín
de denuncia debe hacerse por correo certificado en el domicilio del propietario
del vehículo.
El
documento debe ser recogido personalmente por alguien del domicilio. Si
el día de la entrega no hay nadie, se toma nota de la fecha y de la hora y se
deja un aviso. A los 3 días, se hace un nuevo intento de entrega.
Si
el boletín de denuncia no puede ser entregado en el domicilio del sancionado,
se publica en el tablón de edictos del Ayuntamiento al que pertenece el
domicilio del sancionado o en el Boletín Oficial de la Provincia o
Comunidad.
En caso de que el domicilio
del sancionado esté fuera del país, la notificación se publica en el tablón
de anuncios del consulado de España en su país de residencia, si existe.
|