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Organismos oficiales - Introducción (España)

Tema: Organismos oficiales -> Categoría: Instituciones -> Autor: Paloma F. -> Revisión: 16/01/2010

Existen organismos de ámbito estatal a los que se debe acudir para realizar multitud de gestiones. Suelen depender de algún Ministerio, aunque tengan entidad propia.

 

La sede central de estos organismos se encuentra normalmente en Madrid. Por otra parte, suelen tener presencia en todas las capitales de Provincia y en algunos casos en todas las ciudades que superen un determinado número de habitantes.

 

Clases de organismos

 

·  Agencia Tributaria: organismo público que se encarga de todo lo referente a los impuestos y a las aduanas.

 

·  Dirección General de Tráfico (DGT): se encarga de expedir los permisos y licencias de conducción, de autorizar los centros de formación de conductores y de matricular vehículos, entre otras cosas. Tiene presencia en todas las capitales de provincia.

 

·  Catastro: sus funciones son por ejemplo el registro de viviendas municipal, la elaboración de mapas de las construcciones existentes y de los cambios que en éstas se producen. Tiene presencia en todas las capitales de provincia y en otras ciudades importantes.

 

·  Registro Civil: existe un Registro Central, Registros Municipales y Registros Consulares. En ellos se inscriben los nacimientos, matrimonios, defunciones y demás aspectos referentes al estado civil de una persona.

 

·  Registro de la Propiedad: es el organismo donde se deben inscribir los bienes inmuebles que se posean, para garantizar los derechos sobre ellos. Depende del Ministerio de Economía y Hacienda, pero tiene presencia en las Comunidades Autónomas.

 

·  INEM (Instituto Nacional de Empleo): se encarga de registrar el número de personas sin empleo, tramitar las prestaciones que reciben por encontrarse en esta situación y ayudar en la búsqueda de un puesto de trabajo. Ofrece también cursos de formación.

 

·  Tesorería General de la Seguridad Social: es el órgano donde los trabajadores deben darse de alta o de baja en el régimen de la Seguridad Social. Depende del Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales.

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