Requisitos para comerciar
un animal del apéndice III
A
la hora de importar o de exportar alguna de las especies incluidas en el
apéndice II se deben cumplir los siguientes requisitos:
·
Para realizar una
exportación de un país con un animal incluido en el apéndice III se necesita un
permiso de exportación de la Autoridad Administrativa de dicho Estado.
Se emite cuando el espécimen es adquirido legalmente.
·
Para realizar una
exportación de otro Estado se requiere certificado de origen expedido
por Autoridad Administrativa del CITES.
· Para reexportar se necesita un certificado de
reexportación de la Autoridad Administrativa del Estado de reexportación.
|